DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 14482
20 de diciembre, 2013
DFOE-EC-0776
Licenciado
Alexander Arias Valle
Auditor Interno
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR (PROCOMER)
Estimado señor:
Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Auditoría Interna de PROCOMER
sobre quién debe determinar si existen “desviaciones” en un convenio.
Nos referimos a su oficio Nro. AI-098-2013 del pasado 12 de noviembre, mediante
el cual manifiesta que esa Promotora de Comercio Exterior ha suscrito varios convenios
de cooperación, incorporando dentro de sus cláusulas, la posibilidad de rescindirlos ante
un eventual incumplimiento.
Debido a lo anterior, en caso de que la Auditoría Interna detecte incumplimientos
en los convenios, plantea la siguiente interrogante, la cual se transcribe textualmente:
¿Le corresponde a la parte legal de la Institución determinar si hay desviaciones a
estos o a quien le corresponde?
En primera instancia, nos permitimos comunicarle que nuestra función consultiva
se circunscribe a la emisión de criterios de carácter general y no sobre gestiones
específicas, como viene a ser el presente caso, razón por la cual, procedemos a emitir
consideraciones desde una perspectiva general, con el propósito de que sirvan de marco
de referencia para la valoración de la situación consultada.
En este sentido, al tratarse el tema sobre la ejecución de un contrato, debe tenerse
presente que dentro de la teoría del contrato, desarrollada por Diego Baudrit Carrillo1, este
concepto tiene un sentido muy amplio, por cuanto no sólo crea una situación jurídica
nueva, sino que también produce la extinción de situaciones jurídicas, o bien su
modificación. Se conoce también como ...
Fecha publicación: 09/01/2014
Fecha emisión: 20/12/2013
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
R-DCA-813-2013
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las trece horas del diecinueve de diciembre del dos mil trece. ---------------------------------------------
Recurso de Objeción interpuesto por DANNY MURILLO MURILLO en contra del cartel de la
Licitación Pública número 2013LN-000014-2104 “Por la adquisición de: Concesión de espacio físico
para la prestación de servicios de cafetería en el Hospital México”, concurso promovido por la Caja
Costarricense del Seguro Social, Hospital México. -------------------------------------------------------------------
I. POR CUANTO: Que el señor Danny Murillo Murillo presentó recurso de objeción ante esta
Contraloría General de la República el día 17 de diciembre de 2013. ---------------------------------------------
II. POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso presentado. En cuanto a la presentación del
recurso de objeción, los numerales 81 de la Ley de Contratación Administrativa y 170 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, establecen que el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del
primer tercio del plazo para presentar ofertas, el cual se cuenta a partir del día siguiente de la publicación
del aviso para participar en el concurso. En el presente caso, la invitación para participar en el presente
concurso fue publicada en La Gaceta número 232 del 05 de diciembre de 2013, en la cual se determinó
como fecha para la apertura de las ofertas el día 30 de diciembre de 2013 (folio 10 expediente de
objeción). En este sentido, entre el 6 de diciembre de 2013 - día siguiente de la publicación - y el 30 de
diciembre de 2013 - fecha de la apertura de las ofertas / inclusive - se cuentan 16 días, en razón de que el
día 25 de diciembre no se debe tomar en cuenta para el cómputo del plazo, de acuerdo con la nota remitida
por parte de la Licda. Carmen Rodríguez Castro (folio 11 expediente de objeción). En este sentido, ...
Fecha publicación: 07/01/2014
Fecha emisión: 19/12/2013
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS ECONÓMICOS
T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio No. 13979
16 de diciembre, 2013
DFOE-EC-0734
Licenciado
Alexander Arias Valle
Auditor Interno
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR (PROCOMER)
Estimado señor:
Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formulada por PROCOMER
sobre los alcances del inciso a) del artículo 22 de la Ley General de
Control Interno.
Nos referimos a su oficio Nro. AI-095-2013, mediante el cual manifiesta que
PROCOMER suscribió dos contratos en los que se destinan recursos económicos para
que sean ejecutados por terceros, uno de ellos es con la Coalición Costarricense de
Iniciativas de Desarrollo (CINDE) y el otro con el Ministerio de Comercio Exterior
(COMEX).
En virtud de dichas contrataciones, plantea las interrogantes que se indican
seguidamente, tomando en consideración que el inciso a) del artículo 22 de la Ley
General de Control Interno, Nro. 8292, establece dentro de las competencias de la
Auditoria Interna: “Realizar auditorías o estudios especiales semestralmente, en relación
con los fondos públicos sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos,
fondos especiales y otros de naturaleza similar. Asimismo, efectuar semestralmente
auditorías o estudios especiales sobre fondos y actividades privadas, de acuerdo con los
artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en el tanto
estos se originen en transferencias efectuadas por componentes de su competencia
institucional”.
Las consultas efectuadas son las siguientes:
1. ¿Deben efectuarse, sin excepción, auditorías semestrales a los
convenios suscritos con la Coalición Costarricense de Iniciativas de Desarrollo
(CINDE) y con el Ministeri ...
Fecha publicación: 19/12/2013
Fecha emisión: 16/12/2013
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. DE SERVICIOS ECONOMICOS
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12976
25 de noviembre de 2013
DCA-2980
Señor
Douglas Montero Chacón
Director General
Hospital México
Estimado señor
Asunto: Por no cumplirse lo establecido en el “Reglamento sobre la recepción y atención de
consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, se rechaza consulta relacionada con
la compra de insumos y para contratar procedimientos de diagnósticos o terapéuticos de extrema
urgencia, indispensables para pacientes críticos.
Nos referimos a su oficio DGHM-2348-2013 del 14 de noviembre de 2013, por medio del cual
solicita criterio y autorización para la compra de insumos y contratación de procedimientos diagnósticos
o terapéuticos que necesitan pacientes en condiciones extremadamente críticas.
En atención a la gestión planteada, se debe indicar que en el ejercicio de la potestad consultiva de
la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de
1994), el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que
atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los
sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b) del artículo 4 de la indicada ley.
En ese sentido, mediante la resolución R-DC-197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre
de 2011, emitida por el Despacho Contralor donde se dictó el “Reglamento sobre la recepción y atención
de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, donde se establecen las condiciones que
rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia
consultiva.
Ahora bien, interesa señalar que en el reglamento citado se establecen algunos requisitos de
obligado cumplimiento al momento de remitir una consulta a la C ...
Fecha publicación: 28/11/2013
Fecha emisión: 25/11/2013
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
R-DCA-720-2013
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las trece horas del doce de noviembre del dos mil trece. ---------------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por la empresa TDM AMBIENTAL, S.A., en contra del acto de
adjudicación, de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2013LN-000009-2104, promovida por el Hospital
México, para la “Contratación de Servicios de Tratamiento de desechos hospitalarios Biopeligrosos, por
medio de un Sistema de Esterilización por Autoclave y posterior trituración”, acto de adjudicación recaído
a favor de la empresa DECLASA, S.A.--------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que por medio de escrito recibido en este Despacho el día veintinueve de octubre del año dos mil
trece, la empresa TDM Ambiental S.A., presentó un recurso de apelación en contra del acto de
adjudicación de la Licitación Pública No. 2013LN-000009-2104, manifestando su oferta fue excluida por
documentación que según la Administración no subsanó, no obstante lo anterior señala que según el
expediente del procedimiento se puede acreditar si cumplió con todo lo requerido en el cartel. (ver folio 01
al 09 del expediente de apelación).----------------------------------------------------------------------------------
II.- Que mediante auto de las trece con treinta minutos horas del treinta de octubre, de dos mil trece, se
solicitó el expediente administrativo a la Administración, el cual fue remitido por la Administración
mediante oficio No. SACAHM-0623-2013, del primero de noviembre del dos mil trece (ver folio 15 del
expediente de apelación). -------------------------------------------------------------------------------------------------
III.- Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley y en su trámite se han observado las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes. ---------------- ...
Fecha publicación: 15/11/2013
Fecha emisión: 12/11/2013
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
R-DCA-718-2013
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las once horas del doce de noviembre de dos mil trece.-----------------------------------------------
Recurso de apelación interpuesto por Gamacima GQ S.A., en contra del acto de readjudicación de la
Licitación Pública 2012LN-000015-2104, promovida por el Hospital México, compra de solución de
yoduro de sodio radiactivo, acto recaído a favor de Proveedor Centroamericano S.A., por un precio
unitario de ¢7.500 por mCi.-----------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. Gamacima GQ S.A. presentó recurso de apelación contra el acto de readjudicación de la referida
licitación el 16 de setiembre de 2013. ------------------------------------------------------------------------------
II. Esta División de Contratación Administrativa a las 10 horas del 18 de setiembre de 2013, solicitó el
expediente administrativo de la presente contratación al Hospital México.-----------------------------------
III. Mediante R-DCA-591-2013 de las 14 horas del 27 de setiembre de 2013, esta División rechazó de
plano por improcedencia manifiesta el recurso de apelación interpuesto por Comercializadora Médica
Centroamericana S.A., y confirió audiencia inicial al Hospital México y a la adjudicataria Proveedor
Centroamericano S.A., por el plazo improrrogable de 10 días hábiles para que se refirieran a los
argumentos de la apelante Gamacima GQ S.A., la cual fue atendida mediante escritos agregados al
expediente. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------
IV. Esta División de Contratación Administrativa a las 9 horas del 15 de octubre de 2013, confirió
audiencia especial a la apelante para que se refiriera a lo manifestado por el Hospital México, y por la
adjudicataria al contestar la audiencia inicial, la cual no fue atendida.------------- ...
Fecha publicación: 14/11/2013
Fecha emisión: 11/11/2013
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12297
11 de noviembre, 2013
DCA-2840
Señor
Douglas Montero Chacón
Director General
Hospital México
Estimado señor:
Asunto: Se deniega refrendo a los contratos No. 1310, 1311, 1312 y 1313, suscritos entre el
Hospital México y las empresas Promoción Médica, S.A., Meditek Services, S.A., Nutricare S.
A. y Corporación Biomur S.A., respectivamente; producto de la Licitación Pública No. 2012LN-
000004-2104 para la adquisición de insumos neuroendovasculares, bajo la modalidad de
consignación, cuantía inestimable.
Nos referimos a su oficio SACAHM-0539-2013 y SACAHM-0547-2013 mediante los cuales
remite para trámite de refrendo los contratos que se indican en el asunto.
Mediante oficio número DCA-2699 de 30 de octubre de 2013 este Despacho solicitó
información adicional, la cual fue atendida mediante oficio DGHM-2304-2013.
Una vez efectuado el estudio de rigor, se deniega el refrendo solicitado a los contratos Nos.
1310, 1311, 1312 y 1313, por las razones que de seguido se indican.
1. En el punto 8 del oficio DGHM-2304-2013 del 8 de noviembre del 2013, ante solicitud de esta
División en el sentido de “Explicar cómo se visualiza lo dispuesto en la cláusula doce inciso b) en
cuanto a la forma de pago frente al contenido del artículo 34 del Reglamento de Contratación
Administrativa (RLCA).”, se indica:
“Respuesta: Se modifica la cláusula doce inciso b) de los contratos de la siguiente manera:/
Forma de Pago: El Hospital cancelará las facturas en un plazo de treinta (30) días naturales,
contados a partir de la “…presentación de la factura, previa verificación del cumplimiento
…” de la utilización de los materiales al tipo de cambio de la fecha que le corresponde a El
Contratista entregar, respetando lo regulado en los artículo treinta y cuatro (34) y treinta y
ci ...
Fecha publicación: 14/11/2013
Fecha emisión: 11/11/2013
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
1
DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 12101
07 de noviembre de 2013
DCA-2794
Señor
Eddie Villalobos Villalobos
Gerente General a.i.
Promotora de Comercio Exterior
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, la adenda No. DAL-C-022-2013 al contrato
No. DAL-CO-020-2012, suscrito entre la Promotora de Comercio Exterior (Procomer)
y la empresa Delaware Consultoría S.L., para el diseño, creación e implementación de
un Sistema de Ventanilla Única de Comercio Exterior, versión 2.0 (SIVUCE v2).
Nos referimos a su oficio No. GG.-0125-13 del 13 de octubre del presente año, mediante el cual remite
para refrendo la adenda descrita en el asunto.
I. Antecedentes:
Mediante oficio No. 13754 (DCA-3045) del 18 de diciembre del 2012, este Despacho refrendó
el contrato suscrito entre la Promotora de Comercio Exterior (Procomer) y la empresa Delaware
Consultoría S.L., para el diseño, creación e implementación de un Sistema de Ventanilla Única de
Comercio Exterior, versión 2.0 (SIVUCE v2).
Según se indica, en acuerdo de la Comisión Administrativa de Procomer, adoptado en la sesión
180 del 04 de setiembre del año en curso, se aprueban las mejoras técnicas propuestas por el contratista
–analizadas por el departamento técnico-, y la consecuente ampliación del plazo de la ejecución del
contrato por 3 meses adicionales, así como la modificación a la forma de pago.
En ese sentido, mediante oficio No. VUCE-CO-199-2013 del 26 de julio del año en curso,
suscrito por el Gerente de Ventanilla Única, se emitió el informe técnico, en el que, entre otros asuntos,
se estableció:
“a. Optimizar los modelos de datos para eliminar el “FAD” e integrarlo en un único objeto de
entrada de datos “DUA”: Tal propuesta es efectivamente una oportunidad de armonización de
información única que la Administración no debe desaprovechar (…) b. Des ...
Fecha publicación: 12/11/2013
Fecha emisión: 07/11/2013
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
R-DCA-680-2013
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San
José, a las diez horas del veintinueve de octubre de dos mil trece.------------------------------------------------
Incidente de Nulidad interpuesto por la empresa Distribuidora Farmacéutica Centroamericana
DIFACE S.A. en contra del acto de publicación del aviso de adjudicación de la Licitación Pública
Nacional No. 2013LN-000010-2104 promovida por el HOSPITAL MÉXICO para la “Adquisición de
131 yodo (como yoduro de sodio NA131I) 25 milicuries o 30 milicuries o 50 milicuries (MCI) (925
megabequereles respectivamente) Cápsulas”. -----------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I.- Que mediante escrito remitido vía fax a las 16:28 horas del 14 de octubre 2013 y cuyo original fue
presentado en esta División a las 13:26 horas del 15 de octubre 2013, la empresa Diface S.A. interpuso
incidente de nulidad en contra del acto de publicación del aviso de adjudicación de la Licitación Pública
No. 2013LN-000010-2104, por cuanto en el aviso de publicación se consignó de manera errónea el
número de concurso haciéndose referencia a una licitación abreviada en lugar de licitación pública,
generándose así a su criterio un grave error que genera la nulidad de dicha actuación.--------------------------
II.- Que mediante auto de las nueve horas del dieciocho de octubre de dos mil trece se requirió la
presentación del expediente administrativo, entre otros aspectos, siendo que la Administración remitió el
referido expediente mediante oficio No. SACAHM-0593-2013 ----------------------------------------------------
III.- Que la presente resolución se dicta dentro del plazo de ley y en su trámite se han observado las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes. ----------------------------------------------------------------------
CONSIDERANDO
I.- Hechos probados: Que para la resolución del presente trámite se t ...
Fecha publicación: 01/11/2013
Fecha emisión: 29/10/2013
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
R-DCA-616-2013
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación
Administrativa. San José, a las nueve horas del cuatro de octubre del dos mil trece. ------------------
Recurso de apelación interpuesto por TRI D M S.A. en contra del acto de adjudicación dictado en
proceso de licitación pública 2013LN-000005-2104 promovida por el Hospital México de la Caja
Costarricense de Seguro Social para la Adquisición de Apósito tipo esponja de poliuretano
recolector o “caniester” adjudicado a la empresa IMPORMEDIC DE COSTA RICA S.A.
(entrega según demanda)----------------------------------------------------------------------------------------
RESULTANDO
I. La empresa apelante presenta recurso de apelación, alegando que la oferta adjudicada debió ser
excluida, ello por cuanto considera que la misma incumple el punto 4.4. del cartel. que pide aportar
“evidencia de que sus marcas están aprobadas para el uso clínico en humanos por la FDA (Food and
Drug Administration) de los Estados Unidos de América y/o la Comunidad Europea (CE MARK).
Señala que Impormedic de Costa Rica S.A. cotiza el ítem 3 que es un kit de apósito de alcohol
polivinil, tamaño 15cm de largo x 10cm de ancho de 1 cm de espesor marca Genadyne, modelo
PVA-Foam 1 y el ítem 4, apósito tipo esponja de poliuterano , marca genadyne, modelo AG-
MFOAM2, no obstante no se acredita que esos productos puedan ser comercializados y exportados
legalmente desde los Estados Unidos de Norteamérica, pues los modelos de esos ítems no se
encuentran incluidos en la lista consignada en los folios 220, 227 y 228 del expediente de licitación
y que este proceso de contratación debe verse de manera integral en todos sus ítems, por lo que
todos ellos, deben cumplir con el requerimiento cartelario. -------------------------------------------------
II. Mediante auto de las once horas del ocho de agosto del año en curso, se otorgó audiencia inicial
a la Administración y a la ad ...
Fecha publicación: 09/10/2013
Fecha emisión: 04/10/2013
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)